sábado, 11 de mayo de 2013

Tipo objetivo: conducta típica


 TIPO OBJETIVO: La conducta típica


http://www.100pies.net/Gifs/Personas/Delincuentes/Delincuente-12.gif
Sobre este tema, el profesor Carlos Muñoz Pope ha indicado que " la conducta descrita como punible es aquel comporta­miento (acción u omisión) que el sujeto activo realiza y por la cual se le impone una determinada sanción penal.
Tal conducta aparece mencionada en el tipo mediante un verbo (cause, apodera, ofenda, dañe, etc.), que constituye -por tanto- la esencia del tipo penal.

Algunos autores consideran que tal verbo es el núcleo del tipo penal (18).  En la doctrina patria GONZÁLEZ FERRER, refiriéndose al tipo penal sostiene que éste “determina el centro de la acción en la conducta que queda delimitada por el verbo rector o núcleo del tipo, como lo es, por ejemplo, "causar", centro de la conducta homicida descrita como "el que cause la muerte de otro" (19).
Algunos tipos, además de lo antes expuesto, contienen referencia temporales, sobre los medios de comisión, sobre el lugar, etc., que añaden exigencias adicionales a la conducta del sujeto.
Es lo que ocurre, por ejemplo, en los arts. 297, que consagra referencias de carácter temporal) (el que en tiempo de guerra), 186, que contiene mención de los medios (robo utilizando armas o por enmascarado), 348, que alude al lugar del delito (sustraer documentos de una oficina pública), entre otros"



(18  MUÑOZ CONDE, Teoría, pág. 67; MUÑOZ/VILLALAZ, pág. 222
(19  Campo Elías GONZÁLEZ FERRER, Tipo e injusto, Pub.  Departamento de Ciencias Penales  y Criminológicas, Universidad de Panamá, Imprenta Universitaria, Panamá, 1979, pág. 12.

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