viernes, 17 de abril de 2020

Modulo I- Semana II

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas


SEMANA II- MODULO I

Elaborado por la Prof. Virginia Arango Durling,abril, 2020.-



 1. TEMAS-
v Tema 2. Las Ciencias Penales. -
v Tema 3. El Derecho Penal y las relaciones con otras  ciencia
v Tema 4. Evolución histórica del derecho penal

2. COMPETENCIAS:

·        Analiza y reconoce mediante los conocimientos conceptuales los aspectos fundamentales de la teoría del Derecho Penal.
·        Distingue las Ciencias Penales de las  ciencias auxiliares
·        Analiza y distingue la relación del Derecho Penal con otras disciplinas jurídicas.
·        Comprende  el desarrollo histórico legal del Derecho Penal Panameño y su proyección actual

3                        3. Introducción a los temas.
3.1 Las Ciencias Penales y las Ciencias Auxiliares

El Derecho Penal es una ciencia jurídica que utiliza
el método lógico abstracto, que cumple una
diversidad de misiones:
a) dogmática  o de interpretación de la ley penal,
aplicativa, pues supone la concreción de tales
abstracciones a los supuestos fácticos que ofrezca la
realidad,

b) critica, que lleva a denunciar las incorrecciones o
insuficiencias de la legislación penal vigente y su
aplicación a los casos concretos por los jueces y
fiscales,
c) creadora, por que aporta soluciones de lege ferenda,

d) sin dejar de mencionar que  tiene una misión de
docencia y de investigación (Rodríguez Ramos,2006, p. 50).

Se trata de una ciencia que no puede negarse que está relacionada con otras disciplinas jurídicas, y está su vez integrada por la enciclopedia de las ciencias penales, que tiene por objeto ocuparse del delito, del delincuente y de la pena, y es una ciencia que contiene disciplinas normativas que estudian el derecho positivo desde diversas perspectivas, así como las denominadas Ciencias empíricas, que son disciplinas que estudian al delincuente, y a la
víctima.

Las ciencias auxiliares aportan de manera significativa al Derecho Penal, y entre estas tenemos,
la  Medicina Legal, la Psiquiatríaforense, la Criminalística, y la Estadística Criminal.


Las Ciencias Auxiliares:

La Medicina Legal es  una ciencia auxiliar del Derecho Penal, que colabora:
con la Administración de Justicia determinando
causas o  el origen de la muerte, la manera como se produjeron, por ejemplo, las lesiones de una persona, la muerte,  entre otras.

Psiquiatría Forense-.
 Esta ciencia tiene por objeto estudiar  el comportamiento  del delincuente a fin de determinar si influyeron elementos que no  le permitieron comprender la ilicitud del hecho realizado.

Estadística Criminal-
 Determina cuantitativamente la incidencia de la criminalidad en una determinada región o país.

Criminalística -Técnicas o procedimientos encaminados a recoger  evidencias o elementos que permitan identificar a los delincuentes y lograr su captura y eventual responsabilidad penal.

  3.2 El Derecho Penal y las relaciones con otras disciplinas.


El Derecho Penal es una ciencia que tiene relación con otras disciplinas jurídicas, de ahí que no se pueda obviar ésta relación de suma importancia,  aunque en este instante nos referiremos a algunas de ellas.

En primer término, tenemos la relación del Derecho Penal con el Derecho Constitucional, ya que algunos principios contemplados en el Código Penal y reconocidos por la ciencia del Derecho Penal, tienen su origen y consagración en el texto constitucional, como sucede por ejemplo, con el principio de legalidad y de retroactividad, además de que los derechos y libertades consagrados en la Constitución son protegidos en normas penales.

Otras relaciones son con el Derecho Procesal
Penal, entre otros podemos mencionar, que las
normas de procedimiento penal son fundamentales para determinar laresponsabilidad penal de los sujetos que cometen delitos, gozando los mismos de los derechos y garantías del proceso penal.El Derecho Penal es una ciencia que tiene relación
con otras disciplinas jurídicas, de ahí que no se pueda obviar ésta relación de suma importancia,  aunque en este instante nos referiremos a algunas de ellas. El Derecho Penal y el Derecho Administrativo, contienen normas de obligatorio cumplimiento infracciones en el ámbito administrativo se denominan faltas y delitos en el Derecho Penal, y las últimas constituyen sanciones más graves que las primeras.

Otras de las relaciones que podemos mencionar es con Derecho Internacional Público, el cual ha influenciado a los Estados a castigar a nivel interno delitos internacionales, como el genocidio, la trata de personas, el tráfico de armas.  
D       De igual forma,, tenemos las relaciones del Derecho Penal y Derecho Privado, con el Derecho Comercial, Derecho Civil, y Derecho de Familia, en la cual los textos penales emplean términos de esas ciencias jurídicas, y el Derecho Penal otorga protección penal a través de diversos delitos que atentan contra la familia, por ejemplo, o las relaciones comerciales.



3         1.  Evolución histórica del derecho penal  

A.     Derecho Penal y sus orígenes
1.    Las Escuelas Penales.  La Escuela Positiva, Clásica y otras.
2.    El Derecho Penal en la actualidad.
B. La Codificación Penal Panameña.
1.    La legislación penal previa al  Código Penal de 1916.
2.    Código Penal de 1916
3.    Código Penal de 1922
4.    Los proyectos de reforma de 1922
5.    Anteproyecto de Royo de 1970 y Código Penal de 1982.
6.    Legislación aplicable al área canalera (1904 – 1979)
7.    Anteproyectos de Código Penal de 1998 y Revisado de 1999.
8.    Código Penal del 2007Ciencias penales de naturaleza normativa

3.3.1 La codificación penal panameña.

Nuestra legislación histórica tiene como antecedentes previo la legislación aplicable por los españoles a inicios del siglo XVI (1504).

 Muñoz Rubio/Guerra de Villalaz  ( 1980), hacen referencia de ello, sin embargo, los que nos interesa resaltar en este momento, es la historia de la codificación penal panameña, que en concreto se remite al periodo de unión a la república de Colombia, y además, de lo anterior en nuestro medio el estudio sobre la codificación penal panameña, ha sido realizado por el profesor Carlos Muñoz Pope, con su tesis doctoral "La Codificación penal en Panamá ",publicada por la Universidad Complutense de Madrid, España (1986).
                    
En tal sentido, es significativo la vigencia del Código Penal de 1890, pues al separarnos de Colombia, no teníamos leyes penales al respecto, siendo éste el primer  texto penal que rigió en nuestro país, hasta que fuera derogado por el Código Penal de 1916. que empezó a regir a partir del 1o de julio de 1917.
Códigos Penales antes de 1903
↙↘
1.  Código Penal de 1837   2.  Código Penal de 1873.  3. Código Penal de 1890


 El Código Penal de 1916, elaborado por Ángel Ugarte, de corte hondureño e inspirado en el Código Español de 1870 y el chileno de 1874, es de corta duración,sujeto a numerosas críticas, aunque positivo la eliminación de las faltas del ordenamiento jurídico penal y clarificación de los delitos en atención al bien jurídico protegido, y es reemplazado por el Código Penal de 1922.

El Código Penal de 1922, empieza a regir a partir del 17 de enero de 1923 hasta  1 marzo de 1983, texto de larga duración, en la que se presentaron numerosos proyectos, en la que se destaca su poca difusión, su deficiencia en su contenido y ausencia de debate legislativo. .Tiene como fuente el Proyecto de José Vicente Concha elaborado para Colombia, que  tenia como modelo el Código Italiano de 1830
(Zanardelli) y su autor fue el Dr. Juan Lombardi.  Este código fue reemplazado por el Código Penal de 1982,  que empezó a regir en marzo de 1983.

 El Código Penal de 1982, tiene como antecedentes el Anteproyecto de 1970 , elaborado por Arístides Royo, y su fuente Inspiradora son  en textos legales de Chile, el Proyecto de Código Penal Tipo para Latinoamérica, entre otros. Es un texto legal, que contiene un nuevo catalogo de penas (días multa), nuevas instituciones reemplazo de penas cortas privativas de libertad), clasificación de medidas de seguridad, novedades delictivas, genocidio, delitos contra los derechos humanos, entre otros. Este código fue derogado por el Código Penal del 2007, que empezó a regir el 22 de mayo del 2008

El Código Penal del 2007, tiene como fuentes: Anteproyecto de Código Penal de 199 8  y el Anteproyecto de Código Penal Revisado de 1999 , y una comisión se encargó de su elaboración.  Tiene numerosas Innovaciones en materia de figuras delictivas y en la Parte General, e incluye por ejemplo, la autoría mediata , y hace referencia al dolo y la culpa, no como formas de culpabilidad, por lo que se orienta al Sistema Finalista del delito.


3.3.2. La Legislación aplicable al área del Canal.

1. Vigencia: 26 de febrero de 1904 hasta 1º de octubre de 1979, cuando empieza a regir
los Tratados Torrijos Carter de  1977.

El 17 de mayo de 1904 se estableció el gobierno de la Zona del Canal por la Comisión del Canal Ístmico, siendo su primer gobernador, George Davis, y a partir de ese momento  se organizó dicho gobierno, contando con con un secretario ejecutivo, tesorero y auditor, un departamento judicial incluyendo una corte suprema, tres juzgados de circuitos, cinco juzgados municipales, el servicio postal y un departamento de educación, y fueron aprobados también el Código Penal y el de procedimiento criminal y se establecieron leyes para prohibir la lotería y los juegos.

                              
     
 En tal sentido, la Comisión del Canal Ístmico  creada en marzo 28 de 1904 por el Presidente de Estados Unidos, actuaba con funciones legislativas que desarrolló hasta
1905. Cabe señalar que existieron centros penitenciarios en la antigua Zona del Canal
para el internamiento de los delincuentes y se consagraba la pena de muerte.

2.Textos legales que rigieron

a)Arts. 3 y 4 de 22 de agosto de 1904, de la Comisión del Canal Ístmico.
b) Código Penal para la Zona del canal de 1904. Aprobado por el Acta No. 14 de septiembre de 1904, inspirado en el Código Penal de California, reemplazando su denominación en 1933, por Criminal Code of the Canal Zone.

c) Canal Zone Code de 1934.  Vigencia hasta el 2 de enero de 1963.

d) Canal Zone Code de 1963. Vigencia hasta 1º de octubre de 1979.
Dos categorías de infracciones penales (crimes):
Felonies o infracciones graves, y misdemeanor, infracciones leves.

*Durante el periódo de transición, comprendido entre el 1o de octubre de 1979, y el 30
de abril de 1982, se ejerció la jurisdicción de manera conjunta con los Estados Unidos,
en determinadas áreas e instalaciones.

4. Recursos didácticos de los temas.
-Derecho Penal. Parte General. Virginia Arango Durling. http://www.penjurpanama.com/v2/index.php?option=com_content&view=article&id=62&Itemid=75. Sección aula virtual.Recursos didáctios. Libro de Derecho Penal.
- http://www.penjurpanama.com/v2/index.php?option=com_content&view=article&id=62&Itemid=75 PPT sobre Las ciencias penales y Las Ciencias Auxiliares, en la dirección  anotada  oen https://es.slideshare.net/DurlingV/presentations/2
ARANGO DURLING, Virginia- En el centenario del Código Penal de 1916, p. 141
Boletín Centro Investigación Jurídica No. 57


4 comentarios:

  1. La simbiosis entre cada uno de los derechos citados es fundamental para normar la vida privada y publica y se de una convivencia mas organizada, controlada y ordenada . asi lograremos la.estabilidar y equilibrio basada en normas penales que deslinden responsabilidades para cada una de las partes involucradas.. Asi se podra identificar y deslindar el justo proceso y las penas que ameriten en dichos procedimientos

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  2. Las ciencias penales son muy importantes ya que son las áreas de investigación fundamentales en el juicio penal. La investigación justificada en estas ciencias permite conocer las causas, efectos y consecuencias relativas al delito, al delincuente, a la pena o sanción y a los demás medios de defensa contra la criminalidad

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  3. Es de vital importancia las ciencias auxiliares en el esclarecimiento de un hecho punible ya que a través de todas y cada una de ellas la instrucción sumarial tendrá mayor eficacia para que el jugador pueda declarar punible el ilícito que se haya cometido y pueda aplicar la pena racional a quien se tiene por sujeto ejecutor del acto y de la víctima también. Para mi concepto,son de vanguardia en el inicio de la investigación,la criminalistica ya que está recoge las evidencias y elementos en la escena del crimen lo que ayudara a vincular al sujeto activo y sus posibles colaboradores según sea el caso. Medicina legal y psiquiatría forense nos van a indicar las causas o medios idóneos del infractor así como su perfil.

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  4. Mi Opinión Esque Aii Que Recoger Bien Las Pruebas Y Analizarlas Bien Cuidadosamente Para Saber Cual Fue La Causa Del Accidente O De Un Asesinato.

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