El Derecho Penal ha evolucionado, y aquí solo nos vamos a referir a algunos aspectos, partiendo de lo siguiente:
I. EPOCA PRIMITIVA
La venganza es privada.
a) El castigo
divino(tótem y tabú),
b) El carácter
social de las penas primitivas (reacción colectiva)
c) La privación
de la paz
d) La venganza
de sangre
•
II FORMAS HISTORICAS DE PENAR
a) La venganza privada- divina y el Código de
Hammurabi la ley del talión.
b) El sistema composicional.
c)La
pena y el derecho subjetivo del Estado de castigar los delitos (venganza
pública).
III. LA EPOCA DE LAS LUCES
a) Tendencias humanitarias y humanistas (Siglo XV y
finales del Siglo XVIII). Las utopías y Tomas Moro, Francisco Bacon y otros.
b) Los filósofos y el Derecho Penal. La contribución
de Hugo Grocio 1625), Hobbes 1679), Locke 1704), de Montesquie y Rousseau.
c) Cesare Beccaria (1764), de los delitos y de las
penas. El principio de legalidad y
otros.
d) John Howard (State of Prisons) en 1777
e) El Derecho penal revolucionario. La Revolución Francesa
(1789)
IV. ETAPA
CIENTIFICA, La historia de la Ciencia del Derecho Penal.
(Las Escuelas Penales)
a) Los precursores de las Escuelas Penales.
a.1 El pensamiento de Cesare Beccaria
a.2 Feuerbach(1775-1833), “el fundador de la moderna
ciencia del Derecho punitivo” y el pensamiento de Birnbaum
(Ale mania).
a.3 Romagnosi
(1761-1835)
a.4 Bentham(1748-1832)
a.5 Filangieri(1752-1788),
b) La Escuela Clásica y sus principales autores, Carrara,
Romagnosi, Carmignani, Filangieri. La
contribución de Rossi.
c) La Escuela Positivista de Ferri, Garofalo, Lombroso (1876) y el Hombre delincuente.
El delito es un ente natural y social.
e) El Neopositivismo de Grispigni, Florian y Puglia.
e.1 La Terza Scuola (1861-1915) o Positivismo crítico, de
Carne vale, Alimena, Impallomeni.
e.2 Escuela de Mar burgo
o Escuela de Política Criminal
(1888) de Von Lizt, Se mencionan a Van Hamel, Prins que crean la Asociación
internacional Criminalistica.
f. Escuela Técnico Jurídica, Neoclásica o dogmática. Il
problema el método del la scienza del Diritto penale (1910)
En Alemania por Beling, Mayer, Mezger y Wolf, en Italia,
por Rocco, Massari y Vannini, Manzinni, Bettaglini, Petrocelli
g. Escuela Correcionalista
Su máximo exponente
Roeder, se inspira en la filosofía de Krause. Se mencionan también a Ahres,
Dorado Montero, Silvela.
V. Otras tendencias y
corrientes posteriores a la segunda guerra mundial.
j.1 La Nueva Defensa
Social de Marc Angel y Felipe Gramatica
j.2 La dogmática penal con criterios
político criminales de Claus Roxin
j.3.3 La Escuela de Bologna (F. Bricola y A. Baratta-1970) y una política
criminal alternativa.
j.4 La Orientación científico social
(Hassemer, Amelung y Luderssen)
k.1
El Funcionalismo o teleologismo
de Roxin y Jakobs.
*Véase: Cuadros sinópticos, penjurpanama,Arango Durling ( Derecho Penal y la Ciencia del Derecho Penal (2011), al respecto.
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