FUENTES
DEL
DERECHO PENAL
En este tema se examina la teoría de las fuentes del Derecho, como son la Costumbre, los Principios generales del Derecho, la doctrina científica y la jurisprudencia.
para luego concluir que la ley penal es la única fuente
de derecho en el Derecho Penal capaz de establecer hechos delictivos y fijarles una sanción.
En nuestro medio las leyes penales son aprobadas por la Asamblea de Diputados, siguiendo el procedimiento previsto en la Constitución, y por tanto, el derecho consuetudinario, la analogía, los principios generales del derecho, quedan excluidos, dado que el principio de legalidad se impone.
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El valor de la jurisprudencia penal, cabe destacar, que es de enorme trascendencia para efectos de derogar normas jurídicas que se consideren contrarias a la Constitución Nacional, como sucedió por ejemplo, con el artículo 310, segundo párrafo del Código Penal de 1982, y al igual que la costumbre y los principios generales del Derecho, no constituyen fuente directa del Derecho Penal.
El principio de legalidad "nullum crimen sine lege, nulla poena sine lege" establece garantías individuales:
a) Que sólo
puede considerarse como punible el hecho que ha sido previamente señalado como delictivo por la ley;
b) Que
a un hecho definido como delictivo sólo puede imponérsele la sanción penal previamente
establecida en la ley;
c) Que la ley penal sólo puede ser
aplicada por los organismos jurisdiccionales creados para tal fin, de acuerdo
con el procedimiento previsto en el ordenamiento jurídico y con las garantías
de que goza todo sujeto.
Se trata de un principio reconocido en la Carta Constitucional y en el Código Penal vigente(arts.9-16), que impide la interpretación analógica de la ley penal, aunque en ocasiones pueda tener la facultad para fundamentar la existencia de causas que extingan la responsabilidad penal o atenuen la misma.
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