sábado, 23 de marzo de 2013

Derecho Penal y control social



DERECHO PENAL Y CONTROL SOCIAL



El Derecho Penal como instrumento de control social tiene carácter subsidiario frente a las demás instancias de control social formal en el ordenamiento jurídico, y si bien existen principios limitadores al ius puniendi, podremos observar que los mismos no se cumplen en ocasiones por nuestros legisladores, al igual que se presenta en el derecho comparado.

En este sentido, la doctrina reitera la necesidad de que el Derecho Penal sea la última opción (Ultima ratio legis), pues si bien todos reconocen su función protectora de bienes jurídicos, no por ello debe recurrirse para solucionar todos los problemas que afectan la paz social y perturban la convivencia pacífica de los asociados, pues como bien lo afirma la doctrina, el Derecho Penal reacciona de manera violenta, con una pena y medida de seguridad.


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