sábado, 23 de marzo de 2013

Principios limitadores al Derecho Penal




Principio limitadores al poder punitivo del Estado.
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El Estado se ha reconocido que tiene la facultad para crear delitos y fijar las sanciones, pero para ello la doctrina ha establecido algunos principios orientadores, pues es evidente que en un estado democrático esta capacidad incriminadora no puede ser efectuada de manera absoluta, aunque hay que reconocer que en muchas ocasiones al dictar la Ley penal el legislador hace caso omiso a ellos, como sucede por ejemplo, con el principio de intervención mínima, principio de proporcionalidad, entre otros.

En otros supuestos, sin embargo, el Estado de Derecho no puede  obviar los principios de legalidad, el derecho penal del hecho, el principio de culpabilidad, el principio de taxatividad, a manera de ejemplo.

Entre los principios orientadores, tenemos los siguientes:
a. Principio de legalidad
b. Principio de necesidad o de intervención mínima
b.1 Carácter fragmentario del Derecho Penal
b.2 Naturaleza jurídica subsidiaria del Derecho Penal
c. El principio de proporcionalidad
d. Principio de racionabilidad y de humanidad de las penas.
e. Principio de culpabilidad
f. Principio de resocialización
g. Derecho Penal del hecho
h. Derecho Penal del bien jurídico
i. Principio de taxatividad 

Y a propósito de este tema, es importante señalar, el Capitulo sobre Postulados básicos, que consagra el Código Penal del 2007:
Principio de legalidad (Arts., 10,12,)
Principio de intervención mínima, de carácter fragmentario
y de ultima ratio legis. (Art.3)
Principio de culpabilidad
Principio de proporcionalidad
Principio de humanidad o de dignidad de la persona (Art.1º C.P.)
Principio de exclusiva protección de bienes jurídicos (Art.2)
Principio de imputación personal y responsabilidad por el hecho. Derecho penal del acto (Art. 4).)
Principio de legalidad y prohibición de la analogía (Art.4/9,16)

Derecho Penal y control social



DERECHO PENAL Y CONTROL SOCIAL



El Derecho Penal como instrumento de control social tiene carácter subsidiario frente a las demás instancias de control social formal en el ordenamiento jurídico, y si bien existen principios limitadores al ius puniendi, podremos observar que los mismos no se cumplen en ocasiones por nuestros legisladores, al igual que se presenta en el derecho comparado.

En este sentido, la doctrina reitera la necesidad de que el Derecho Penal sea la última opción (Ultima ratio legis), pues si bien todos reconocen su función protectora de bienes jurídicos, no por ello debe recurrirse para solucionar todos los problemas que afectan la paz social y perturban la convivencia pacífica de los asociados, pues como bien lo afirma la doctrina, el Derecho Penal reacciona de manera violenta, con una pena y medida de seguridad.


Características del Derecho Penal



CARACTERÍSTICAS  DEL DERECHO PENAL



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1.DERECHO PÚBLICO.
2. VALORATIVO
3. NORMATIVO 
4. SANCIONATORIO
 OTRAS: PERSONALÍSMO,TELEOLÓGICO ,NORMATIVO, FINALISTA, CIENTÍFICO.

Las normas de Derecho Penal tienen carácter publico, ellas definen los delitos y fijan las penas, su mecanismo de elaboración y aprobación es de orden publico (Asamblea de Diputados) y rigen para todos los ciudadanos, y su aplicación es por autoridades pública, los Tribunales de justicia.

La  ciencia del Derecho Penal es autónoma, valorativa y sancionatoria, puesto que esta establece las normas que determinan los delitos y fija las sanciones, en segundo lugar, los comportamientos punibles están sujetos a una valoración ético social, y la consecuencia  por la violación de las normas penales, a los sujetos que no cumplen con sus mandatos y prohibiciones, la califica como sancionatoria.


Función del Derecho Penal



FUNCIÓN DEL DERECHO PENAL

El derecho en general y los derechos humanos primordialmente deben cumplir, ante todo, la finalidad de la paz individual y social.  El derecho y el Estado se ubican por encima del individuo y la sociedad civil para regular todos los órdenes integradores de la vida a fin de buscar la paz” (Hernán Ortiz Rivas,Derechos Humanos, Ibáñez, Bogotá, 2007, p.134).

El Derecho Penal, como instrumento de control social, contiene normas punitivas dirigidas a sancionar todos aquellos ataques hacia los más preciados bienes jurídicos de la sociedad moderna, y en ese sentido, se ha indicado que la misión de la norma penal, es en definitiva, alcanzar la paz social, entendida esta en términos abstractos, al normal desenvolvimiento de las relaciones individuales entre los individuos y los grupos en una comunidad regida libre y democráticamente (Emiliano Borja Jiménez, Ensayos de Derecho Penal y Política Criminal, Editorial Jurídica Continental, San José 2001, p.55).
En esta forma el Derecho Penal cumple una finalidad de aseguramiento de las condiciones básicas e indispensables para la vida comunitaria.  Debe amparar, en consecuencia, los valores fundamentales de la vida de la comunidad, es decir, aquellos que hacen posible la pacífica convivencia entre los ciudadanos (Landrove Díaz, Introducción al Derecho Penal Español, p.18).
Se constituye así la protección de bienes jurídicos, como una de las misiones fundamentales del Derecho Penal moderno, pues solo se deben incriminar como delitos los comportamientos, sean acciones u omisiones, que lesionen o pongan en peligro bienes jurídicos del individuo, la sociedad o el Estado ( Muñoz Pope, Lecciones, p.28). 
En ese orden de ideas, el Derecho Penal cumple la misión de garantizar lapacífica convivencia entre los ciudadanos, pero debe ser utilizado como “ultima ratio” como último recurso por el Estado, en consecuencia no debe sancionar aquellos hechos que no tengan especial relevancia  y gravedad (Landgrave. p.18).

lunes, 11 de marzo de 2013

Derecho Penal sustantivo y adjetivo y de Ejecución Penal



NOCIONES FUNDAMENTALES

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Derecho penal objetivo es un conjunto de normas jurídicas que crean delitos, establecen las penas(medidas de seguridad) a quienes han realizado una acción u omisión prevista en una norma penal, mientras que el Derecho Penal subjetivo es la facultad del Estado para crear delitos y fijan sanciones ( ius puniendi)

El Derecho Penal Sustantivo o Derecho Penal material, no es mas que el conjunto de normas que determinan los comportamientos punibles y las respectivas sanciones, el Derecho Penal Adjetivo o formal, es el conjunto de normas jurídicas que establecen las formas o el procedimiento de aplicación del derecho sustantivo, también conocido como Derecho Procesal Penal (Quintero Olivares, 1999, p.36

Derecho Ejecutivo Penal, es el conjunto de normas que se ocupan  de la ejecución de las  sanciones penales
( Muñoz Pope, 2003



Terminología Derecho Penal


TERMINOLOGÍA




                      DIRITTO PENALE

Derecho Penal

                               Criminal law



Strafrecht

Para fines de su estudio el Derecho Penal se divide: en Derecho Penal (Parte General) y Derecho Penal (Parte Especial.




CONTENIDO DE LOS TEMAS
 DEL
PRIMER  SEMESTRE


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·      MÓDULO No.1       Introducción a la Teoría del Derecho Penal     (Tema 1-4)

·      MÓDULO No. 2      Teoría de la ley penal (Tema 5-7)

·      MÓDULO No. 3      Teoría del hecho punible(Tema 11-12)
·      -MÓDULO No. 4    Título: La acción del delito de comisión doloso (Temas 13– 14)

·      MÓDULO No. 5      Título:    La Antijuricidad y las causas de Justificación del delito de comisión doloso (Tema 15)  

·      MÓDULO No. 6  Título:     La Culpabilidad del Delito de Comisión Doloso(Tema 16).