domingo, 1 de octubre de 2017

Conferencia Congreso Científico Nacional






INVITACIÓN A CONFERENCIA MAGISTRAL

VIERNES 6 DE OCTUBRE DE 2017
HORA: 8:30 A.M.
Auditorio Dr. Ricardo J. Alfaro

Expositora: Prof. Virginia Arango Durling


TEMA
Resumen de Ponencia

La inviolabilidad del domicilio es un derecho humano reconocido en convenios internacionales suscritos por la República de Panamá y consagrado en la Constitución Nacional  (art.26), gozando de protección penal en el Capítulo II, " Delitos contra la Inviolabilidad del Domicilio o Lugar de Trabajo" del Título II,  "Delitos contra la Libertad", del Libro II del Código Penal del 2007. 

Se protege la inviolabilidad del domicilio desde dos aspectos: la violación de domicilio realizada por los particulares en su morada u oficina privada  que es la que nos interesa en este momento,  y la cometida por un servidor público con abuso de sus funciones.

En sentido general, la inviolabilidad del domicilio merece protección contra toda injerencia o intromisiones inaceptables de terceros en su hogar, ya que se trata de un espacio vital en que se desarrolla la vida familiar de manera íntima y solo está reservada a ellas, es pues un ataque a la intimidad, aunque legislativamente se afecte la libertad.

Con criterios modernos, en derecho comparado se ha dado un nuevo giro jurisprudencialmente pues la intimidad domiciliaria abarca también las injerencias sonoras prolongadas evitables e insoportables que  son externas, pero que se presentan en el entorno doméstico, en la medida en que impiden o dificultan gravemente el libre desarrollo de la personalidad.  En consecuencia, el domicilio no solo es el lugar, el espacio físicamente determinado en donde se desarrolla la vida privada y familiar, sino también es un espacio para disfrutar de toda tranquilidad (TEDH-2004).






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