viernes, 30 de noviembre de 2012

Otros aspectos sobre la extinción de la pena





http://www.ahiva.info/Gifs-Animados/Personas/Delincuentes//Personas-324.gif


El legislador ha determinado que tanto el indulto como la amnistía son causas de extinción de la pena por delitos políticos, sin embargo, establece que no se aplicara tratándose de delitos contra la humanidad y de desaparición forzada de personas(art. 116).



Otro aspecto de notoria importancia en esta materia, es la inclusión expresa de que en los casos de  delitos contra la humanidad, terrorismo y de desaparición forzada de personas, no prescribirá la pena.


https://encrypted-tbn3.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcQoCLz5sT7r5CN2DajjT-x2UOmyKhHRmeylcSXyiU9PEmfv_u-9Sg

De igual forma, el  còdigo indica, que la extinción de la pena no impide la pena de comiso, ni exonera de responsabilidad civil derivada del delito.

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